Decretos de Nueva Planta
DECRETOS DE NUEVA PLANTA DE CATALUÑA (1716)
«[…] Habiendo precedido madura deliberación y consulta de Ministros de mi mayor confianza, he resuelto que en el referido Principado se forme una Audiencia, en la cual presida el Capitán General o Comandante General de mis Armas, de manera que los despachos, después de empezar con mi dictado, prosigan en su nombre […].
4. Las causas en la Real Audiencia se sustanciarán en lengua castellana […].
30. Ha de haber en Cataluña Corregidores, y en las ciudades y villas siguientes [se enumeran 12 corregimientos] […].
37. Todos los demás oficios que había antes en el Principado, temporales, perpetuos, y todos los comunes, no expresados en este mi Real Decreto, quedan suprimidos y extintas […].
39. Por los inconvenientes que se ha experimentado en los somatens, y juntas de gente armada, mando que no haya tales somatens, ni otras juntas de gente armada, so pena de ser tratados como sediciosos los que concurrieren o intervinieren.
40. Han de cesar las prohibiciones de extranjería porque mi Real Intención es que en mis Reynos las dignidades y honores se confieran recíprocamente a mis vasallos por el mérito, y no por el nacimiento en una u otra provincia de ellos […].
42. En todo lo demás que no está prevenido en los capítulos antecedentes de este Decreto, mando, se observen las constituciones que antes había en Cataluña […].
43. Y lo mismo es mi voluntad se execute respecto del Consulado de la mar, que ha de permanecer, para que florezca el comercio y logre el mayor beneficio el país.”
(Establecimiento y nueva planta de la Real Audiencia de Cataluña, Real Decreto de 16 de enero de 1716 (cfr. Novísima Recopilación de Leyes de España, Madrid, 1805, Libro V, Título IX, Ley 1).
PRIMER DECRETO DE NUEVA PLANTA (1707)
«Considerando haber perdido los reinos de Aragón y Valencia, y todos sus habitantes, por la rebelión que cometieron, faltando enteramente al juramento de fidelidad que me hicieron como a su legítimo Rey y Señor, todos los fueros, privilegios, exenciones y libertades que gozaban y que con tan liberal mano se les habían concedido, así por mí como por los reyes mis predecesores, […] añadiéndose ahora la circunstancia del derecho de conquista que de ellos han hecho últimamente mis armas con el motivo de su rebelión, y considerando también que uno de los principales atributos de la soberanía es la imposición y derogación de las leyes […].
He juzgado conveniente, así por esto como por mi deseo de reducir todos mis reinos de España a la uniformidad de unas mismas leyes, usos, costumbres y tribunales, gobernándose igualmente todos por las leyes de Castilla, tan loables y plausibles en todo el Universo, abolir y derogar enteramente todos los referidos fueros y privilegios […] hasta aquí observados en los referidos reinos de Aragón y Valencia, siendo mi voluntad que estos se reduzcan a las leyes de Castilla y al uso, práctica y forma de gobierno que se tienen y se han tenido en ellas y en sus tribunales sin diferencia alguna en nada, pudiendo obtener por esta razón igualmente mis fidelísimos vasallos los castellanos, oficios y empleos en Aragón y Valencia de la misma manera que los aragoneses y valencianos han de poder en adelante gozarlos en Castilla sin ninguna distinción.»
Primer Decreto de Nueva Planta, 29 de junio de 1707
Vídeo: La monarquía borbónica y Carlos III
Vídeo: Los Austrias
Trabajo con fuentes: Bartolomé de las Casas – Leyes Nuevas de Indias
“Brevísima relación de la destruición de los Indios”
«Muy poderosos y soberanos señores: el obispo que fue de Chiapas besa á V.A. las manos suplico tenga por bien con atención oír cómo ha muchos años que ando en esta real corte y ante este Real Consejo de las Indias, negociando y procurando el remedio de las gentes y naturales de las que llamamos Indias, y que cesen los estragos y matanzas que en ellos se hacen contra toda razón y justicia; y puesto que la voluntad de los reyes ha sido proveerlos de Justicia y conservarlos en ella, y no consentir que les fuesen hechos daños y agravios y así lo han mostrado por sus muchas leyes, pero llegadas allí no se han cumplido, porque los unos y los otros siempre han engañado a los reyes. Dos especies de tiranía con que han asolado aquellas tan innumerables repúblicas: la una en nuestra primera entrada, que llamaron conquista. La otra fue y es la tiránica gobernación a la que pusieron con nombre repartimientos o encomiendas, por la cual a los reyes naturales habernos violentamente, contra toda razón y justicia, despojado a los señores y súbditos de su libertad y de las vidas.»
Memorial de Fray Bartolomé de Las Casas al Consejo de Indias, 1562-1563
“Leyes y ordenanzas nuevamente hechas por su magestad para la gobernación de las Indias y buen tratamiento y conservación de los indios” o “Leyes Nuevas de 1542”.
- Sobre la esclavitud:
- Cuidar la conservación y gobierno y buen trato de los indios
- Que no hubiera causa ni motivo alguno para hacer esclavos, ni por guerra, ni por rebeldía, ni por rescate, ni de otra manera alguna. Que los esclavos existentes fueran puestos en libertad, si no se mostraba el pleno derecho jurídico a mantenerlos en ese estado.
- Que se acabara la mala costumbre de hacer que los indios sirvieran de cargadores (tamemes), sin su propia voluntad y con la debida retribución.
- Que no fueran llevados a regiones remotas con el pretexto de la pesca de perlas.
- Sobre las encomiendas:
- Que los oficiales reales, del virrey para abajo, no tuvieran derecho a la encomienda de indios, lo mismo que las órdenes religiosas, hospitales, obras comunales o cofradías.
- Que el repartimiento dado a los primeros Conquistadores cesara totalmente a la muerte de ellos y los indios fueran puestos bajo la real Corona, sin que nadie pudiera heredar su tenencia y dominio.
Trabajo en grupos
La Reforma Protestante y la Contrarreforma Católica en el s. XVI
Antes de empezar: cada grupo, cuyos integrantes previamente habremos establecido en clase, deberá hacerse cargo de una de las culturas que abajo se indican. Esta asignación se hará mediante sorteo, igualmente en clase.
Las culturas sobre las que investigar y exponer en clase son:
| Luteranismo | Anglicanismo |
| Calvinismo | Contrarreforma |
Cada grupo, en relación a la corriente que trabaje, deberá indagar acerca de los siguientes aspectos:
- Cronologías que abarca la corriente.
- Origen de dicha corriente (país, motivación, etc.).
- Principales etapas de su desarrollo, explicando brevemente cada una de ellas.
- Posibles contactos e influencias de otras corrientes.
- Principales corrientes artísticas vinculadas a esa corriente (destacando las de nuestra localidad, si las hubiera), con ejemplos de la misma.
- Principales hombres y mujeres de esa cultura, si se conocieran (destacando los de nuestra localidad, si los hubiera).
Recordad:
Cada grupo dispone de 10 minutos para exponer en clase, de forma que a todos los grupos les dé tiempo a mostrarnos su trabajo. Todos/as los/as integrantes del grupo deben tomar parte tanto de la elaboración del trabajo de investigación, como de la exposición en clase, de forma que puedan ser evaluados. En el blog contáis con bibliografía para la realización del trabajo de investigación, así como con una lista de webs que os pueden ser útiles.
Trabajo en grupos
La sociedad medieval de “Las Tres Culturas”
Antes de empezar: cada grupo, cuyos integrantes previamente habremos establecido en clase, deberá hacerse cargo de una de las culturas que abajo se indican. Esta asignación se hará mediante sorteo, igualmente en clase.
Las culturas sobre las que investigar y exponer en clase son:
| Musulmanes | Mozárabes |
| Cristianos | Moriscos |
| Judíos |
Cada grupo, en relación al grupo social que trabaje, deberá indagar acerca de los siguientes aspectos. Deberá tener en cuenta, lógicamente, la cronología:
- Origen de dicho grupo social.
- Principales características, explicando brevemente cada una de ellas.
- Posibles contactos e influencias de otros sectores sociales.
- Principales representaciones artísticas de ese sector social (destacando las de nuestra localidad, si las hubiera).
- Principales hombres y mujeres de ese sector social, si se conocieran (destacando los de nuestra localidad, si los hubiera).
- Legado de ese sector social hasta la actualidad.
- Indagar acerca de la veracidad, o no, de la convivencia de las Tres Culturas.
Recordad:
Cada grupo dispone de 10 minutos para exponer en clase, de forma que a todos los grupos les dé tiempo a mostrarnos su trabajo. Todos/as los/as integrantes del grupo deben tomar parte tanto de la elaboración del trabajo de investigación, como de la exposición en clase, de forma que puedan ser evaluados. En el blog contáis con bibliografía para la realización del trabajo de investigación, así como con una lista de webs que os pueden ser útiles.
Vídeo: Conquista y Reconquista de Al-Ándalus
Texto: Batalla de Covadonga. Visión musulmana
Cuentan algunos historiadores que el primero que reunió a los fugitivos cristianos de España, después de haberse apoderado de ella los árabes, fue un infiel llamado Pelayo, natural de Asturias, en Galicia, al cual tuvieron los árabes como rehén para seguridad de la gente de aquel país, y huyó de Córdoba en tiempo de Al-Hurr ben Abd al-Rahman al-Thaqafi, segundo de los emires árabes de España, en el año sexto después de la conquista, que fue el 98 de la Hégira [716-717]. Sublevó a los cristianos contra el lugarteniente de Al-Hurr, le ahuyentaron «y se hicieron dueños del país, en el que permanecieron reinando, ascendiendo a veintidós el número de los reyes suyos que hubo hasta la muerte de Abd al-Rahman III.
Dice Isa ben Ahmad al-Razi que en tiempos de Anbasa ben Suhaim Al-Qalbi, se levantó en tierra de Galicia un asno salvaje llamado Pelayo. Desde entonces empezaron los cristianos en Al-Ándalus a defender contra los musulmanes las tierras que aún quedaban en su poder, lo que no habían esperado lograr. Los islamitas, luchando contra los politeístas y forzándoles a emigrar, se habían apoderado de su país hasta llegar a Ariyula, de la tierra de los francos, y habían conquistado Pamplona en Galicia y no había quedado sino la roca donde se refugió el rey llamado Pelayo con trescientos hombres.
Los soldados no cesaron de atacarle hasta que sus soldados murieron de hambre y no quedaron en su compañía sino treinta hombres y diez mujeres. Y no tenían qué comer sino la miel que tomaban de la dejada por las abejas en las hendiduras de la roca. La situación de los musulmanes llegó a ser penosa, y al cabo los despreciaron diciendo: «Treinta asnos salvajes ¿qué daño pueden hacernos?» En el año 133 murió Pelayo y reinó su hijo Fávila. El reinado de Pelayo duró diecinueve años, y el de su hijo dos. Después de ambos reinó Alfonoso, hijo de Pedro, abuelo de los Banu Alfonso, que consiguieron prolongar su reino hasta hoy y se apoderaron de lo que los musulmanes habían tomado.»
Nath al-tib, (“Historia de Al-Ándalus”) por al-Maqqari.
Texto: Batalla de Covadonga. Visión cristiana
Pelayo se dirigió hacia la tierra montañosa, arrastró consigo a cuantos encontró camino de una asamblea y con ellos subió a un monte llamado Auseva y se refugió en la ladera de dicha montaña, en una cueva que sabía era segura. Desde ella envió mensajeros a todos los astures, que se congregaron en una junta y lo eligieron príncipe.
Alqama, el dirigente musulmán, mandó entonces comenzar el combate y los soldados tomaron las armas. Se levantaron los fundíbulos, se prepararon las hondas, brillaron las espadas, se encresparon las lanzas e incesantemente se lanzaron saetas. Pero al punto se mostraron las magnificencias del Señor: las piedras que salían de los fundíbulos y llegaban a la casa de la Santa Virgen María, que estaba dentro de la cueva, se volvían contra los que las disparaban y mataban a los caldeos. Y como Dios no necesita las lanzas, sino que da la victoria a quien quiere, los cristianos salieron de la cueva para luchar contra los caldeos; emprendieron éstos la fuga, se dividió en dos su hueste, y allí mismo fue al punto muerto Alqama. En el mismo lugar murieron 125000 caldeos.
Crónica de Alfonso III de Asturias.
