Trabajo en grupos
Las Guerras Carlistas
Antes de empezar: cada grupo, cuyos integrantes previamente habremos establecido en clase, deberá hacerse cargo de una de las guerras carlistas. Esta asignación se hará mediante sorteo, igualmente en clase.
| Primera Guerra Carlista |
| Segunda Guerra Carlista |
| Tercera Guerra Carlista |
Cada grupo, en relación a la guerra que trabaje, deberá indagar acerca de los siguientes aspectos:
- Cronologías que abarca el conflicto.
- Origen de dicho conflicto (zona geográfica, motivación, etc.).
- Principales etapas de su desarrollo, explicando brevemente cada una de ellas.
- Principales adversarios del movimiento carlista.
- Principales hombres y mujeres de ese conflicto, si se conocieran.
Recordad:
Cada grupo dispone de 10 minutos para exponer en clase, de forma que a todos los grupos les dé tiempo a mostrarnos su trabajo. Todos/as los/as integrantes del grupo deben tomar parte tanto de la elaboración del trabajo de investigación, como de la exposición en clase, de forma que puedan ser evaluados. En el blog contáis con bibliografía para la realización del trabajo de investigación, así como con una lista de webs que os pueden ser útiles.
Constitución de 1869
La Nación española, y en su nombre las Cortes Constituyentes, elegidas por sufragio universal, deseando afianzar la justicia, la libertad y la seguridad, y promover al bien de cuantos vivan en España, decretan y sancionan la siguiente Constitución.
TÍTULO PRIMERO:
DE LOS ESPAÑOLES Y SUS DERECHOS
Art. 2º. Ningún español ni extranjero podrá ser detenido ni preso sino por causa de delito.
Art. 3º. Todo detenido será puesto en libertad o entregado a la autoridad judicial dentro de las veinticuatro horas siguientes al acto de la declaración (…).
Art. 4º. Ningún español podrá ser preso sino en virtud de mandamiento de Juez competente.
Art.11. Ningún español podrá ser procesado ni sentenciado sino por el Juez o Tribunal a quién, en virtud de leyes anteriores al delito, competa el conocimiento y en la forma en que éstas prescriban (…).
Art. 16. Ningún español que se halle en el pleno goce de sus derechos civiles podrá ser privado del derecho de votar en las elecciones de senadores, diputados a Cortes, diputados provinciales y concejales.
Art. 17. Tampoco podrá ser privado ningún español:
- Del derecho de emitir libremente sus ideas y opiniones, ya de palabra, ya por escrito, valiéndose de la imprenta o de otro procedimiento semejante.
- Del derecho a reunirse pacíficamente
- Del derecho de asociarse para todos los fines de la vida humana que no sean contrarios a la moral pública; y por último
- Del derecho de dirigir peticiones individuales o colectivamente a las Cortes, al Rey y a las autoridades (…)
Art 21. La Nación se obliga a mantener el culto y los ministros de la religión católica. El ejercicio público o privado de cualquiera otro culto queda garantizado a todos los extranjeros residentes en España, sin más limitaciones que las reglas universales de la moral y del derecho. Si algunos españoles profesaren otra religión que la católica, es aplicable a los mismos todo lo dispuesto en el párrafo anterior (…).
Art. 29. La enumeración de los derechos consignados en este título no implica la prohibición de cualquier otro no consignado expresamente.
Madrid, 5 de junio de 1869
Constitución de 1845
Doña Isabel II, por la gracia de Dios y la Constitución de la Monarquía Española, Reina de las Españas; a todos los que las presentes vieren y entendieren, sabed: Que siendo nuestra voluntad y la de las Cortes del Reino regularizar y poner en consonancia con las necesidades actuales del Estado los antiguos fueron y libertades de estos Reinos, y la intervención que sus Cortes han tenido en todos tiempos en los negocios graves de la Monarquía, modificando al efecto la Constitución promulgada en 18 de Junio de 1837, hemos venido, en unión y de acuerdo con las Cortes actualmente reunidas, en decretar y sancionar la siguiente
Artículo 1. Son españoles:
1º. Todas las personas nacidas en los dominios de España.
2º. Los hijos de padre o madre españoles, aunque hayan nacido fuera de España.
3º. Los extranjeros que hayan obtenido carta de naturaleza.
4º. Los que sin ella hayan ganado vecindad en cualquier pueblo de la Monarquía. La calidad de español se pierde por adquirir naturaleza en país extranjero, y por admitir empleo de otro Gobierno sin licencia del Rey. Una ley determinará los derechos que deberán gozar los extranjeros que obtengan carta de naturaleza o hayan ganado vecindad.
Artículo 2. Todos los españoles puedan imprimir y publicar libremente sus ideas sin previa censura, con sujeción a las leyes.
Artículo 3. Todo español tiene derecho de dirigir peticiones por escrito a las Cortes y al Rey, como determinen las leyes.
Artículo 4. Unos mismos Códigos regirán en toda la Monarquía.
Artículo 5. Todos los españoles son admisibles a los empleos y cargos públicos, según su mérito y capacidad.
Artículo 6. Todo español está obligado a defender la Patria con las armas cuando sea llamado por la ley y a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado.
Artículo 7. No puede ser detenido, ni preso, ni separado de su domicilio ningún español, ni allanada su casa sino en los casos y en la forma que las leyes prescriban.
Artículo 8. Si la seguridad del Estado exigiere en circunstancias extraordinarias la suspensión temporal en toda la Monarquía, o en parte de ella, de lo dispuesto en el artículo anterior, se determinará por una ley.
Artículo 9. Ningún español puede ser procesado ni sentenciado sino por el Juez o Tribunal competente, en virtud de leyes anteriores al delito y en la forma que éstas prescriban.
Artículo 10. No se impondrá jamás la pena de confiscación de bienes, y ningún español será privado de su propiedad sino por causa justificada de utilidad común, previa la correspondiente indemnización.
Artículo 11. La Religión de la Nación española es la católica, apostólica, romana. El Estado se obliga a mantener el culto y sus ministros.
Vídeo: Las regencias de Mª Cristina (1833-1840) y Espartero (1840-1843)
Trabajo en grupos
La crisis del Antiguo Régimen (1788-1833): Liberalismo frente a Absolutismo
Antes de empezar: cada grupo, cuyos integrantes previamente habremos establecido en clase, deberá hacerse cargo de uno de los grupos sociales que abajo se indican. Esta asignación se hará mediante sorteo, igualmente en clase.
Los grupos sociales sobre los que investigar y exponer en clase son:
| Realeza | Clero |
| Nobleza | Pueblo llano |
| Antiguo Régimen / Régimen Liberal |
Cada grupo, en relación al grupo social que trabaje, lo hará según el Antiguo Régimen, o el nuevo Régimen Liberal. Un detalle que previamente habremos establecido en clase. Se deberá indagar acerca de los siguientes aspectos:
- Características principales del grupo social.
- Sectores de la economía y la política a los que tiene acceso.
- Protagonismo del grupo social en cuestión con los principales acontecimientos políticos que hemos visto en clase, si lo tuviera.
- Posibles influencias de otros grupos sociales similares en Europa, justificándolo.
- Principales representaciones artísticas de ese grupo social (destacando las de nuestra localidad, si las hubiera).
- Principales hombres y mujeres de ese grupo social, si se conocieran (destacando los de nuestra localidad, si los hubiera).
- Reminiscencias de ese grupo social en la actualidad.
Recordad:
Cada grupo dispone de 10 minutos para exponer en clase, de forma que a todos los grupos les dé tiempo a mostrarnos su trabajo. Todos/as los/as integrantes del grupo deben tomar parte tanto de la elaboración del trabajo de investigación, como de la exposición en clase, de forma que puedan ser evaluados.
En el blog contáis con bibliografía para la realización del trabajo de investigación, así como con una lista de webs que os pueden ser útiles.
Constitución de 1812. «La Pepa»
Las Cortes Generales y extraordinarias de la Nación española, decretan la siguiente Constitución:
Art. 1. La nación española es la reunión de todos los españoles de ambos hemisferios
Art. 2. La nación española es libre e independiente, no es ni puede ser patrimonio de ninguna familia ni persona.
Art. 3. La soberanía reside esencialmente en la nación, y por lo mismo pertenece a ésta exclusivamente el derecho de establecer leyes fundamentales.
Art. 4. La nación está obligada a conservar y proteger con leyes sabias y justas la libertad civil, la propiedad y los demás derechos legítimos de todos los individuos que la componen (…).
Art.8. También está obligado todo español, sin distinción alguna, a contribuir en proporción de sus haberes para los gastos del Estado (…).
Art. 12. La religión de la Nación española es y será perpetuamente la católica, apostólica, romana, única verdadera. La Nación la protege por leyes sabias y justas, y prohíbe el ejercicio de cualquier otra (…).
Art. 14. El Gobierno de la Nación española es una Monarquía moderada hereditaria.
Art. 15. La potestad de hacer las leyes reside en la Cortes con el rey.
Art. 16. La potestad de hacer ejecutar las leyes reside en el rey.
Art. 17. La potestad de aplicar las leyes en las causas civiles y criminales reside en los tribunales establecidos por la ley (…).
Art.34. Para la elección de los diputados de Cortes se celebrarán juntas electorales de parroquia, de partido y de provincia (…).
Art.168. La persona del Rey es sagrada e inviolable y no está sujeta a responsabilidad (…).
Art.366. En todos los pueblos de la Monarquia se establecerán escuelas de primeras letras, en las que se enseñará a los niños a leer, escribir y contar, y el catecismo de la religión católica, que comprenderá también una breve exposición de las obligaciones civiles (…).
Vídeo: La Guerra de Independencia y las Cortes de Cádiz
Catastro de Ensenada. Cuestionario
INTERROGATORIO DEL MARQUÉS DE ENSENADA PARA ELABORAR EL CATASTRO
1ª Cómo se llama la Población.
2ª Si es de Realengo o de Señorío: a quién pertenece: qué derechos percibe y quánto producen.
4ª Qué especies de Tierra se hallan en el Término; si de Regadío, y de Secano, distinguiendo si son de Hortaliza, Sembradura, Viñas, Pastos, Bosques, Matorrales, Montes, y demás que pudiere haver, explicando si hay algunas que produzcan más cosecha al año, las que fructificaren sólo una, y las que necesitan de un año intermedio de descanso.
7ª En quales Tierras están plantados los Arboles que declararen.
Trabajo en grupos
La Ilustración y el Despotismo Ilustrado
Antes de empezar: cada grupo, cuyos integrantes previamente habremos establecido en clase, deberá hacerse cargo de uno de los personajes destacados de la Ilustración y el Despotismo Ilustrado en España. Esta asignación se hará mediante sorteo, igualmente en clase.
Los personajes sobre las que investigar y exponer en clase son:
| Francisco de Goya | Gaspar Melchor de Jovellanos |
| Benito Jerónimo Feijoo | Pablo de Olavide |
| Campomanes |
Cada grupo, en relación al personajes que trabaje, deberá indagar acerca de los siguientes aspectos:
- Cronologías en las que vivió.
- Corriente de pensamiento.
- Principales etapas de su actividad, explicando brevemente cada una de ellas.
- Posibles contactos e influencias de otros ilustrados.
- Principales acciones que llevó a cabo.
- Principales obras, con un breve comentario de cada una de ellas.
Recordad:
Cada grupo dispone de 10 minutos para exponer en clase, de forma que a todos los grupos les dé tiempo a mostrarnos su trabajo. Todos/as los/as integrantes del grupo deben tomar parte tanto de la elaboración del trabajo de investigación, como de la exposición en clase, de forma que puedan ser evaluados. En el blog contáis con bibliografía para la realización del trabajo de investigación, así como con una lista de webs que os pueden ser útiles.
